Los comerciales que trabajan en ruta tienen que registrar su jornada igual que el resto de la plantilla: hora de inicio y hora de fin cada día (art. 34.9 ET). La guía del Ministerio de Trabajo lo dice expresamente para «trabajadores móviles, comerciales» y quienes trabajan fuera del centro. Lo práctico es fichar desde el móvil al empezar la ruta y al terminarla.
La dificultad no es legal, sino de criterio: ¿cuándo empieza la jornada de alguien que sale de casa hacia el primer cliente? ¿Cuenta la comida con un cliente? Conviene resolverlo por escrito antes de que surja la primera discrepancia.
| Norma | Art. 34.9 ET; guía del Ministerio de Trabajo sobre el registro de jornada |
|---|---|
| A quién afecta | Comerciales con contrato laboral, también sin oficina fija |
| Qué registrar | Inicio y fin de la jornada; conviene anotar pausas |
| Punto delicado | Desplazamientos, comidas con clientes y esperas |
El registro de jornada también obliga a los comerciales en ruta
El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores no distingue por el lugar de trabajo. La guía del Ministerio de Trabajo sobre el registro de jornada aclara que la obligación alcanza a los comerciales y a cualquier persona cuya prestación «no se desenvuelve, total o parcialmente, en el centro de trabajo». Solo quedan fuera el personal de alta dirección y quienes no son asalariados, como un agente comercial autónomo que cobra a comisión con su propia organización.
Que el comercial tenga objetivos o horario libre no cambia nada: la flexibilidad es compatible con el registro. Lo que exige la ley es saber a qué hora empezó y terminó cada día.
Cuándo empieza y cuándo acaba la jornada de un comercial
Hay que distinguir dos perfiles:
- Comercial con oficina de referencia que pasa por ella antes de salir: su jornada empieza en la oficina, como la de cualquiera. El trayecto de casa a la oficina no es jornada.
- Comercial sin centro fijo que sale de casa directamente hacia los clientes: el Tribunal de Justicia de la UE (asunto C-266/14, Tyco, 2015) consideró tiempo de trabajo los desplazamientos diarios entre el domicilio y el primer y el último cliente de estos trabajadores. En la práctica, lo más seguro es que la jornada empiece al salir hacia el primer cliente y acabe al volver del último.
Entre cliente y cliente, el desplazamiento siempre es trabajo: la persona está a disposición de la empresa, cumpliendo la ruta que se le ha encargado. El tratamiento detallado de los trayectos lo explicamos en la página de control horario para empleados móviles.
Comidas con clientes, esperas y huecos
Aquí la ley no da una respuesta cerrada y conviene pactar un criterio:
| Situación | Criterio habitual | Cómo reflejarlo |
|---|---|---|
| Comida con un cliente por encargo de la empresa | Actividad comercial: razonable computarla | Tramo de trabajo con nota «comida cliente» |
| Comida sola entre dos visitas | Pausa, no jornada | Pausa registrada |
| Espera en la sala de un cliente | Trabajo: está atendiendo la visita | Dentro del tramo de la visita |
| Hueco de dos horas sin visitas | Depende de si puede disponer de ese tiempo | Pausa si queda libre; trabajo si prepara ofertas o llama a clientes |
Lo importante es que el criterio sea el mismo para todo el equipo y esté por escrito, idealmente en el acuerdo o la decisión con la que se organizó el registro, previa consulta a la representación de la plantilla si la hay.
Ejemplo: un martes de ruta
Iván vende material de hostelería y no tiene oficina asignada. El martes sale de casa a las 8:30, visita un hotel de 9:15 a 11:00, un restaurante de 11:30 a 13:30, come con el gerente de ese restaurante hasta las 14:45, visita un catering de 15:15 a 17:30 y llega a casa a las 18:15.

Con el criterio de sin centro fijo, su registro del martes queda así: inicio 8:30, fin 18:15. Si la empresa ha pactado que la comida con cliente es jornada, son 9 horas y 45 minutos de trabajo; si la considera pausa, 8 horas y 30 minutos. En el primer caso ese día supera las 9 horas ordinarias que marca el art. 34.3 ET salvo otra distribución por convenio, y hay que compensarlo o tratarlo como horas extra, así que el criterio no es un detalle menor.
Cómo registrarlo sin complicarse
- Fichaje en el móvil al salir hacia el primer cliente y al acabar el último. Es lo más fiable para quien no pisa la oficina; lo explicamos en fichar desde el móvil.
- Pausas marcadas cuando son libres, para que no se presuma que todo el tiempo entre inicio y fin es trabajo.
- Nota en los tramos dudosos (comida con cliente, feria, viaje largo), con una línea de explicación.
- Revisión semanal por el responsable comercial: es mucho más fácil corregir un olvido el viernes que a final de mes.
Si el comercial usa su propio teléfono, ojo: a quienes trabajan a distancia de forma regular, la Ley 10/2021 impide exigirles usar sus dispositivos personales. Con el resto conviene pactarlo y, en cualquier caso, informar de qué datos recoge la app.
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Preguntas frecuentes
¿Un comercial con horario libre tiene que fichar?
Sí. La flexibilidad no exime del registro diario; solo cambia cómo se calcula la jornada en un periodo más largo.
¿Cuenta el viaje desde casa hasta el primer cliente?
Para comerciales sin centro fijo, el TJUE lo consideró tiempo de trabajo en el asunto Tyco. Si pasa antes por la oficina, la jornada empieza allí.
¿Sirve un parte de visitas como registro de jornada?
Solo si recoge la hora real de inicio y fin de cada día y se hace a diario. Un resumen semanal de visitas no basta.
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