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Correturnos: qué es, qué límites tiene y cómo se registra su jornada

Qué es un correturnos, en qué sectores trabaja, qué descansos le aplican, con cuánta antelación debe conocer su turno y cómo se registra su jornada.

Publicado el · 4 min de lectura

Un correturnos es la persona que no tiene un turno fijo propio, sino que va cubriendo los descansos, las vacaciones y las ausencias de quienes sí lo tienen, pasando por la mañana, la tarde o la noche según haga falta. No es una figura del Estatuto de los Trabajadores: la regulan, cuando lo hacen, los convenios colectivos.

Qué esQuien cubre descansos y ausencias rotando por los turnos
Dónde se regulaConvenio colectivo y contrato; el Estatuto no lo menciona
Descansos12 horas entre jornadas y día y medio semanal (arts. 34.3 y 37.1 ET)
RegistroDiario, con la hora real de inicio y de fin (art. 34.9 ET)

¿Qué significa estar de correturnos?

Significa no tener casilla propia en el cuadrante. Cuando la enfermera de mañana libra, el correturnos hace su mañana; cuando el operario de noche está de vacaciones, hace sus noches. En unas empresas es un puesto estable; en otras, una situación por la que la plantilla va pasando por temporadas.

¿En qué sectores es habitual?

Donde un puesto no puede quedarse vacío: sanidad, residencias de mayores, industria de proceso continuo, seguridad y limpieza. Cuanto más ajustada es la dotación de cada turno, más pesa la figura.

¿Dónde está regulado? ¿Tiene plus?

El Estatuto regula el trabajo a turnos en general (art. 36.3), pero no nombra al correturnos. Algunos convenios colectivos lo definen y le reconocen un plus por la disponibilidad que exige; otros no dicen nada, y entonces mandan el contrato y lo pactado en la empresa. Antes de dar nada por hecho, hay que leer el convenio aplicable.

¿Qué límites de jornada y descanso le aplican?

Los mismos que a cualquier otra persona de la plantilla:

  • 12 horas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente (art. 34.3 ET). Las excepciones están en descanso mínimo entre jornadas.
  • Día y medio de descanso semanal ininterrumpido, acumulable por periodos de hasta 14 días (art. 37.1 ET).
  • La jornada anual del convenio, con el tope legal de 40 horas semanales de promedio anual (art. 34.1 ET). Cubrir huecos de otros no da más horas: se cuentan como explicamos en cómo calcular la jornada máxima anual.
Cubrir huecos no rebaja descansosEn empresas a turnos, el día en que se cambia de turno el descanso puede bajar hasta 7 horas, compensando la diferencia en los días inmediatamente siguientes (art. 19.2 del RD 1561/1995). Es una excepción puntual, y el correturnos es quien más cambia de turno.

¿Con cuánta antelación debe conocer su turno?

El Estatuto no fija un plazo general: lo marca el convenio. Solo si la empresa usa la distribución irregular de la jornada hay un preaviso mínimo legal de cinco días (art. 34.2 ET). Buena parte de lo que cubre un correturnos se sabe con tiempo (libranzas, vacaciones), así que su cuadrante puede publicarse con el de los demás; lo imprevisible son las bajas. Cómo se monta está en cómo hacer un cuadrante de turnos.

Ejemplo: una residencia con tres turnos y una correturnos

Una residencia de mayores trabaja a tres turnos: mañana (7:00-15:00), tarde (15:00-23:00) y noche (23:00-7:00). Nuria, gerocultora, es la correturnos y tiene 40 horas semanales.

Cuadrante semanal de tres turnos: las casillas verdes son del personal fijo y las casillas ámbar, unidas por una línea, los huecos de mañana, tarde y noche que cubre la correturnos
La correturnos no tiene fila propia: va ocupando el hueco que deja cada turno y descansa cuando no hay ninguno.
DíaTurno que cubreFichaje realDescanso desde la salida anterior
LunesMañana, planta 17:00-15:00—
MartesMañana, planta 27:00-15:0016 h
MiércolesTarde, planta 115:00-23:0024 h
JuevesTarde, planta 115:00-23:1016 h
ViernesLibra——
SábadoNoche, planta 223:00-7:0047 h 50 min
DomingoNoche, planta 223:00-7:0016 h

Cinco turnos, 40 horas y diez minutos, y todos los descansos por encima de 12 horas. El lunes siguiente sale a las 7:00 y le piden cubrir una baja esa misma tarde, a las 15:00: descansaría 8 horas. Solo cabría como cambio de turno, compensando las 4 que faltan en los días inmediatamente siguientes; lo sensato es cubrir esa tarde con otra persona.

¿Por qué su registro de jornada es el más delicado?

Porque no hay un horario habitual con el que comparar: cambia de turno, de planta o sección y, a veces, de centro. La obligación es la de todos, la hora real de inicio y de fin cada día (art. 34.9 ET), pero conviene que cada fichaje guarde además:

  • el turno cubierto, para calcular los pluses que fije el convenio;
  • la unidad o el centro donde se trabajó;
  • los cambios de última hora, con la fecha en que se avisaron.

No hace falta anotar por qué faltó la persona sustituida. Qué pedirle a un sistema cuando el horario cambia a diario lo vemos en control horario con turnos.

Si tienes correturnos y quieres ver sus descansos sin reconstruirlos a mano, cuéntanos cuántas personas sois y qué turnos hacéis y te buscamos la empresa de control horario que mejor encaja con la vuestra, sin coste ni compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa estar de correturnos?

No tener un turno fijo y cubrir los descansos, vacaciones y ausencias de quienes lo tienen, rotando por mañana, tarde y noche.

¿El correturnos cobra un plus?

Depende del convenio colectivo: algunos lo reconocen y otros no. El Estatuto no regula la figura.

¿Puede salir de noche y entrar esa misma tarde?

Como regla, no: deben mediar 12 horas. Solo el día del cambio de turno puede bajar hasta 7, compensando después (art. 19.2 del RD 1561/1995).

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