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Control horario de vigilantes de seguridad: servicios, turnos y relevos

El vigilante trabaja en casa del cliente, pero su jornada la registra la empresa de seguridad. Cómo fichar en servicios dispersos, turnos largos, noches y relevos.

Publicado el · 4 min de lectura

La jornada de un vigilante de seguridad la registra la empresa de seguridad que lo contrata, no el cliente en cuyas instalaciones presta el servicio. El registro tiene que recoger el inicio y el fin real de cada servicio, incluidos los relevos, aunque el vigilante no pase nunca por la sede de su empresa. Lo que complica el sector son los servicios dispersos, los turnos largos y las noches.

Un buen registro es también la mejor defensa de la empresa de seguridad frente a reclamaciones de horas extra, que en el sector son frecuentes.

Quién registraLa empresa de seguridad (empleadora), no el cliente
Dónde se fichaEn el servicio: móvil, terminal propio o sistema de la empresa
RelevosEl tiempo de traspaso es trabajo
Noches y horas extraLímites del trabajo nocturno y 80 horas extra al año (arts. 35 y 36 ET)
ConvenioRevisa el de empresas de seguridad aplicable

Quién registra la jornada: la empresa, no el cliente

El artículo 34.9 del Estatuto obliga al empleador. El vigilante es trabajador de la empresa de seguridad, así que es ella quien registra su jornada y conserva los registros cuatro años, aunque el servicio se preste en un centro comercial, una fábrica o una urbanización. El cliente puede tener su propio control de acceso o un parte de servicio, pero eso no sustituye al registro de jornada de la empresa de seguridad.

Parte de servicio y registro de jornadaEl libro o parte de servicio documenta lo que pasa en la vigilancia; el registro de jornada, cuándo empieza y acaba el trabajo de cada vigilante. Pueden alimentarse del mismo fichaje, pero son cosas distintas y el segundo es el que pide la Inspección de Trabajo.

Cómo fichar en servicios dispersos

Escudo de seguridad validado y tres ubicaciones de servicio distintas, cada una con su turno; los fichajes de los tres servicios bajan con flechas a un único registro de la empresa de seguridad
Cada vigilante ficha en su servicio, esté donde esté, y todo llega al registro de la empresa de seguridad, no al del cliente.

Una empresa con decenas de servicios en lugares distintos no puede depender de un terminal en su sede. Lo habitual es fichar desde el móvil al inicio y al final del servicio, con la ubicación registrada solo en ese momento para acreditar que se ficha en el puesto. Si se usa geolocalización, hay que informar antes de forma expresa y no hacer un seguimiento continuo; lo explicamos en la página de control horario con geolocalización. Las particularidades de los equipos que trabajan fuera de la oficina las repasamos en control horario de empleados móviles.

Turnos largos, noches y relevos

  • Turnos de más de 9 horas: solo si el convenio o un acuerdo establecen otra distribución de la jornada diaria, siempre con el descanso entre jornadas.
  • Descanso entre jornadas: el Real Decreto 1561/1995 prevé reglas especiales para guardas y vigilantes que, sin vigilancia constante, cuidan de una zona limitada con un lugar para descansar. No es el caso habitual del vigilante con vigilancia activa, al que se aplican las 12 horas generales; si tienes dudas sobre un servicio concreto, consúltalo.
  • Noches: quien hace de forma habitual al menos 3 horas entre las 22:00 y las 6:00 es trabajador nocturno: 8 horas de promedio diario en 15 días y, salvo excepciones reglamentarias, sin horas extra (art. 36 ET).
  • Relevos: si el relevo se retrasa, el vigilante saliente no puede abandonar el puesto, y ese tiempo es trabajo que debe quedar registrado.

Cómo planificar cuadrantes que cumplan todo esto lo explicamos en la página de control horario por turnos.

Ejemplo: un vigilante con relevo retrasado

Iván presta servicio en un polígono industrial. Su empresa aplica un convenio que permite turnos de 12 horas, y esta semana hace tres noches de 19:00 a 7:00.

NocheFichajeIncidencia
Lunes18:55 - 7:05Relevo normal, 10 minutos de traspaso
Martes18:55 - 8:10El relevo llega tarde; Iván no puede dejar el puesto
Miércoles18:55 - 7:05Relevo normal

El registro recoge la hora real de cada salida. La hora y pico de más del martes no desaparece: se compensa o se paga según el convenio, y si Iván es trabajador nocturno, la empresa tiene que vigilar el promedio de 8 horas y tener presente que, salvo excepciones reglamentarias, no puede hacer horas extra: un relevo tardío es una incidencia que hay que corregir, no una costumbre. El descanso hasta su siguiente servicio se cuenta desde las 8:10, no desde las 7:00.

Horas extra: el punto caliente del sector

Coberturas de bajas, servicios especiales y relevos que se alargan hacen que en seguridad privada las horas extra sean habituales. El máximo general es de 80 al año, sin contar las compensadas con descanso en los cuatro meses siguientes, y cada una tiene que estar registrada día a día y figurar en el resumen del recibo de salarios (art. 35 ET). Revisa en tu convenio cómo se retribuyen o compensan.

Si tu empresa de seguridad necesita que cada vigilante fiche en su servicio y que relevos y horas extra salgan solos en el registro, cuéntanos cómo trabajáis y te buscamos la empresa de control horario que mejor encaja con la vuestra, sin coste ni compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Quién registra la jornada de un vigilante: la empresa de seguridad o el cliente?

La empresa de seguridad, que es su empleadora. El control de acceso o el parte de servicio del cliente no sustituyen al registro de jornada.

¿Cómo ficha un vigilante que trabaja en las instalaciones de un cliente?

Normalmente desde el móvil o con un sistema de la empresa de seguridad, al inicio y al final de cada servicio.

¿El tiempo de relevo cuenta como jornada?

Sí. Si el vigilante saliente tiene que esperar al relevo, ese tiempo es trabajo y debe quedar registrado.

¿Se puede reducir el descanso entre jornadas de los vigilantes?

El RD 1561/1995 prevé reglas especiales para guardas y vigilantes sin vigilancia constante con lugar de descanso. En vigilancia activa se aplican, en principio, las 12 horas generales.

¿Quieres implantar o cambiar tu control horario?

Cuéntanos tu caso y buscamos la empresa de control horario que mejor encaja con la tuya, sin coste ni compromiso.

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