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Límite de horas extra al año y cómo registrarlas

El máximo legal es de 80 horas extra al año, sin contar las compensadas en cuatro meses. Quién no puede hacerlas, un cómputo anual resuelto y cómo registrarlas.

Publicado el · 4 min de lectura

El límite legal es de 80 horas extraordinarias al año (art. 35.2 ET). No cuentan las que se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes ni las hechas para reparar siniestros o daños urgentes. Todas, cuenten o no para el límite, se registran día a día y se resumen en la nómina del periodo (art. 35.5 ET).

El registro de horas extra existía antes que el registro general de jornada, y sigue siendo el punto donde más reclamaciones acaban: la hora extra que no se registra es difícil de pagar y fácil de reclamar.

Límite80 h al año (art. 35.2 ET)
No computanCompensadas en 4 meses y las de fuerza mayor
RegistroDiario y resumen en la nómina (art. 35.5 ET)
VoluntariedadVoluntarias salvo pacto (art. 35.4 ET)

El límite de 80 horas y su proporción

Son horas extraordinarias las que se hacen por encima de la jornada ordinaria. La ley limita a 80 al año las que computan. Si por la modalidad o duración del contrato la jornada anual es inferior a la general de la empresa, el máximo se reduce en la misma proporción: un contrato de seis meses tendría, en principio, la mitad de margen.

El precio lo fija el convenio o el contrato: se pagan en la cuantía que se pacte, que nunca puede ser inferior al valor de la hora ordinaria, o se compensan con descanso. A falta de pacto, se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes (art. 35.1 ET).

Qué horas no computan para el límite

Tipo¿Cuenta para las 80 h?¿Se registra?
PagadasSíSí
Compensadas con descanso en los 4 meses siguientesNoSí
Compensadas fuera de plazoSíSí
Fuerza mayor (siniestros y daños urgentes)No, aunque se pagan como extraSí
Ojo con la compensaciónUna hora extra compensada con descanso a los seis meses sí cuenta para el límite. El plazo de cuatro meses importa.

Quién no puede hacer horas extra

  • Menores de 18 años (art. 6.3 ET).
  • Trabajadores nocturnos, salvo excepciones reglamentarias (art. 36.1 ET).
  • Trabajo a tiempo parcial, salvo las de fuerza mayor (art. 12.4.c ET); para ampliar su jornada existen las horas complementarias.

Ejemplo: el cómputo de un año

Raúl trabaja en un almacén de distribución con jornada completa. A lo largo del año hace 60 horas extra: 46 se pagan y 14 se compensan con días libres dentro de los cuatro meses siguientes.

Gráfico de barras mensuales que acumulan las horas extra computables a lo largo del año, con tramos grises de horas compensadas que no cuentan y una línea discontinua roja que marca el límite anual
Las horas extra computables se acumulan durante el año; las compensadas en plazo no cuentan para el límite de 80.
ConceptoHoras
Horas extra realizadas60
Compensadas en plazo (no computan)−14
Computan para el límite46 de 80

En el registro aparecen las 60, cada una en su día, y en cada nómina el resumen de las del mes. Si Raúl solo tuviera un contrato de seis meses, su límite sería de unas 40 horas y con 46 computables lo habría superado.

Errores habituales con las horas extra

  • Pagarlas «en negro» o como plus sin registrarlas: la hora existe igual y el registro la debería mostrar.
  • Compensarlas sin fecha: si no consta cuándo se disfrutó el descanso, no se puede demostrar que fue dentro de los cuatro meses.
  • Llevar la cuenta solo a final de año: el límite se supera sin darse cuenta en temporadas de pico.
  • Pedir horas extra a quien no puede hacerlas, como personal a tiempo parcial o nocturno.

Cómo registrarlas

  1. Registra cada día la hora real de salida: la hora extra nace de ahí, no de una hoja aparte.
  2. Identifica si la hora extra se pagará o se compensará, y en ese caso con qué fecha.
  3. Totaliza en el periodo de pago y entrega el resumen con la nómina.
  4. Lleva un contador anual por persona para no pasar de 80 computables.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas extra se pueden hacer al año?

Como máximo 80 (art. 35.2 ET). Si el contrato tiene una jornada anual inferior a la general de la empresa, el límite se reduce en la misma proporción.

¿Las horas extra compensadas con descanso cuentan para el límite?

No, si se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

¿Son obligatorias las horas extra?

Son voluntarias salvo que se hayan pactado en convenio o contrato dentro de los límites legales (art. 35.4 ET). Las de fuerza mayor para reparar siniestros son una excepción.

¿Quién no puede hacer horas extra?

Los menores de 18 años, los trabajadores nocturnos (salvo excepciones reglamentarias) y quienes trabajan a tiempo parcial, salvo fuerza mayor.

¿Cómo se registran las horas extra?

Día a día, totalizadas en el periodo de pago, con copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente (art. 35.5 ET).

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